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Guia de Tramites en Argentina

Indice

1.Registro Civil de las Personas en Argentina

- Nacimientos

- Matrimonios

- Derechos humanos

- Uniones Civiles

- Reconocimiento de hijos

- Como tramitar la ciudadanía Española

- Defunción

- Empadronamiento de extranjeros

2.Registro del Automotor

- Evite ser estafado cuando compre un automotor usado

- Instrucciones para la realización de trámites del automotor

- Cálculo de Aranceles Inscripción Inicial del automotor

- Cálculo de Aranceles Transferencias del automotor

3.Jubilaciones y Pensiones

- Requisitos que debe reunir

- Documentación a Presentar

- Pensión por fallecimiento

4.Policía Federal Argentina

- Requisitos generales

- Extranjero (mayor de 18 años)

- Valor de los trámites

- Certificado de estado civil actual

- Plazos de entrega


1. Registro Civil de las Personas en Argentina


Tramite de Nacimientos


2. Nacimientos

Valor D.N.I.:

de 0 a 6 meses: sin cargo
más de 6 meses: $ 15.-

2.1 Inscripción de nacimiento

¿Dónde se puede inscribir?

En el Registro Civil del CGP que corresponde al domicilio del/los padres, al asignado por sanatorio o en la delegación del hospital del GCBA, donde nació el bebé.

¿Quiénes pueden inscribir?

Si son casados:

* El padre o madre acreditando Libreta o Partida.
* El interviniente en los sanatorios que lo tuvieren.

Si no son casados: ambos padres.

[color=red]Plazo:
40 días hábiles a partir del día de nacimiento.

Fuera de término: Desde los 41 días hábiles hasta los 6 años, puede realizar el trámite de inscripción tardía.

Valor del trámite: $ 30.-

Después de los 6 años: Sólo se puede realizar la incripción judicialmente.

HORARIOS:
Lunes a Viernes de 9.30 a 14.30 horas.

Requisitos:

* Certificado médico.
* DNI original y fotocopia de ambos padres.
* Si son casados, Libreta de matrimonio o partida o certificado de matrimonio (original).

Aclaración:
Si no se encuentran comprendidos dentro de los casos indicados deberá consultar en forma personal, telefónica o correo electrónico.

¿Que es testimonio?
Transcripción íntegra y literal del acta: (nacimiento - matrimonio - defunción) o fotocopia certificada por oficial público.

Tramites de Matrimonios


4. Matrimonios

Valor de la libreta: $ 20.-

Por cada testigo innecesario:$ 15.-

4.1 Solicitud de Turno

Anticipación: 28 días corridos antes de la celebración.

Lugar: En el Registro Civil del CGP que corresponde al domicilio de uno de los contrayentes, acreditado fehacientemente.

Quiénes pueden solicitarlo: Uno o ambos contrayentes.



4.2 Documentos

Solteros y mayores de edad:

Documentos de ambos contrayentes

Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal del divorcio vincular.

Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondiente inscripción del divorcio vincular o la partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizado y traducido.

Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero:
Partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por Juez Nacional.

Con matrimonio y divorcio en el extranjero:
Autorización mediante Disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil.

Contrayente viudo/a:
Partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge.

Menores:

* Varones de 18 á 20 y mujeres de 16 a 20 años:
Partida de nacimiento y documentos de los padres, quienes además deberán otorgar su autorización en el acto de celebración del matrimonio. (partida de defunción, si alguno de ellos fuese fallecido).
* De edades inferiores:
además de lo mencionado, testimonio de la dispensa por edad otorgada por juez competente.
* Con un padre presente y el otro ausente:
Documento del padre presente y autorización del ausente otorgada ante autoridad competente debidamente legalizada.

Matrimonio a domicilio por imposibilidad física:
Certificado médico que lo acredite y cuatro (4) testigos. Documentación que acredite el estado civil y los certificados prenupciales.

Matrimonio a domicilio por peligro inminente de muerte: Certificado médico que acredite que el/la contrayente se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y en peligro inminente de muerte y cuatro (4) testigos.
Aclaración:
Si no se encuentran dentro de los casos mencionados anteriormente, deberá consultar en forma personal, telefónica, por correo electrónico, etc.



4.3 Testigos

Necesarios: Dos (2) mayores de 21 años, con domicilio real o denunciado en la Capital Federal. (Sin cargo).

Innecesarios: Hasta cuatro (4) adicionales, sin necesidad de acreditar domicilio en Capital Federal (abona $15 por c/uno).



4.4 Prenupciales

Se realizan siete (7) días corridos antes de la fecha de celebración en un Hospital Municipal del G.C.B.A.

De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser legalizados por la autoridad sanitaria del lugar.



4.5 Ceremonia de entrega de libreta a domicilio

Valor del trámite (lunes a viernes): $ 200.-

Valor del trámite (sábados, domingos y feriados): $ 300.-

Lugar y horario:[/color] Uruguay 753 – 1° Piso de 9:30 a 14:30 horas.

Días y horarios en que se puede efectuar la ceremonia:

Días hábiles de 18 a 22 horas. Días inhábiles de 10 a 22 horas.

[color=red]Requisitos:


* Debe presentarse con la solicitud de matrimonio previamente otorgada por la Delegación del Registro Civil del CGP que corresponda al domicilio del/los contrayentes.
* A efectos de abonar y suscribir el formulario arancelado debe dirigirse a Uruguay 753, 1º Piso.

Derechos Humanos


Atiende consultas relativas a las causas referentes a las secuelas resultantes del terrorismo por parte del Estado.

Consultas relativas al Derecho a la Identidad.

Lugar: Uruguay 753 3° piso

Teléfono: 4373-8441 / 45 int 272

Horario: Lunes a Viernes de 9:30 hs a 14:30 hs
Requisitos:
Ser argentino.
DNI y Partida de Nacimiento si la tuviera.

Arancel: Ninguno.

Uniones Civiles


Valor del trámite: $ 15.--

8.1 Solicitud de Turno

Anticipación: 14 días corridos de antelación a la fecha elegida.

Entrega: 7 días corridos de antelación a la fecha elegida, donde se abonará la tasa correspondiente.

Lugar: En el Registro Civil Central, Uruguay 753.

Quiénes pueden solicitarlo: Uno o ambos convivientes.



8.2 Documentos

a) Solteros y mayores de edad (21 años)

Documentos de ambos convivientes

b) Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina
Partida de matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal del divorcio vincular.

c) Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina
c.1. Partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondiente inscripción del divorcio vincular
c.2. Partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizado y traducido.

d) Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero:
Partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por Juez Nacional.

e) Con matrimonio y divorcio en el extranjero
Autorización mediante Disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil.

f) Conviviente viudo/a
Partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge.

g) Hijos en común
Partida de nacimiento original, debidamente legalizada y traducida, según corresponda. La fecha de expedición por parte del Registro Civil correspondiente no podrá ser mayor a un (1) año.


Aclaración:
Uno o ambos convivientes deberán acreditar domicilio en su documento nacional de identidad una antigüedad no menor a dos (2) años en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



8.3 Testigos

Mínimo dos (2), máximo cinco (5), mayores de 21 años, con domicilio en la Capital Federal, no pudiendo ser los consanguineos o afines en linea directa de los solicitantes..

8.4 Disolución de la Unión Civil

Para disolver la unión civil, deberá presentarse nota por mesa de entradas en Uruguay 753, PB. Se labrará en el Departamento Inscripciones de la Dirección Legal un acta en el libro de disoluciones de uniones civiles, donde se hará constar los datos de referencia del acta de unión civil a que se refiere, identificará debidamente el peticionante o los presentantes de la disolución, en su caso hará constar el instrumento público o carta documento debidamente recepcionadas por el cual se haya notificado la voluntad de disolver a la otra parte, debiendo firmarla el peticionante de la disolución y el Oficial Público.

Para mayor informaciòn consultar normativas, uniones civiles o personalmente en Uruguay 753, PB.

Tramite de Reconocimientos


Valor del trámite: sin cargo.

¿Quienes pueden reconocer?
El progenitor, siempre y cuando no contradiga una filiación anterior establecida.

Plazo para reconocer: ninguno

¿Donde se puede realizar?

* (A)Nacimiento del año en curso:
En el Registro Civil del CGP o Delegación Hospitalaria donde se encuentre inscripto el nacimiento.
* (B)Nacimiento de años anteriores:
En el Registro Civil del CGP donde se inscribió el nacimiento o el que corresponda al domicilio del peticionante.
* (C)Nacimiento inscripto en extraña jurisdicción:
Argentina: En el Registro Civil del CGP que corresponda al domicilio del reconociente.
Otros países: Concurrir a Uruguay 753, previa inscripción del acta en el Dpto. Inscripciones. (Valor del trámite: $ 30).
* (D)Notificación de la madre (Art. 242 Código Civil): Uruguay 753

HORARIO:
Lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas.

Requisitos:

Para (A) y (B) D.N.I. del reconociente. Partida de nacimiento actualizada (10 días máximo desde su expedición).

Para (C) D.N.I. del reconociente. Partida de nacimiento actualizada (1 año máximo desde su expedición). Legalizada y traducida (en su caso).

Para (D) Concurrir la madre con D.N.I. y Partida de nacimiento.

Unificación de actas
Si hubiese inscripción de Nacimiento y Reconocimiento posterior (2 actas) solicite la unificación en el Registro Civil del CGP o en Uruguay 753

Tramite de Defunciones


Lugar: En la central de Defunciones, Guzmán 780, cementerio de Chacarita.

Horario: Lunes a Viernes,Sábado, Domingos y Feriados

de 7:30 a 12:30 hs

5.1 Licencia de inhumación y/o traslado

Arancel: $15.-

Requisitos:

Certificado médico e informe estadístico ambos firmados por un médico matriculado con firma registrada en la Central de Defunciones.

Documento del fallecido, original y copia.
Aclaración:
De no presentarse D.N.I., L.C. o L.E. del fallecido, la inscripción se realizará con una importancia de huellas decadactilares del fallecido y declaración jurada de dos testigos.



5.2 Licencia de cremación

[color=red]Arancel por licencia:
$15.-

Requisitos:

Certificado médico e informe estadístico ambos firmados por un médico matriculado con firma registrada en la Central de Defunciones.

Certificado médico destinado para la cremación firmado por un médico matriculado con firma registrada en la Central de Defunciones.

Documento del fallecido, original y copia.

Arancel por cremación:

La Dirección General de Cementerios cobra un arancel de $110 por la cremación.



5.3 Solicitud de partidas de defunción

En la Central de Defunciones solo se expiden partidas del año en curso.
Para solicitar partidas de años anteriores ver Partidas.

Horario: Lunes a viernes de 9:30 a 13:30 hs.
Requisitos para partidas del año en curso:
Nombre y Apellido, Tomo y Acta.

Trámite Urgente:

Arancel: $20.-

Plazo de entrega: 24hs.

Ademas deberá abonarse la tasa correspondiente a la partida.

Gratuitas

Solo para ser presentadas para tramitar Pensión.


Empadronamiento Extranjeros


Lugar:
En el CGP que corresponda a su domicilio

Horario: Lunes a Viernes de 9:30 hs a 14:30 hs
Requisitos:

- Tramite personal

- DNI extranjero

- Fotocopia Pág.. 1 y 2 del DNI

- 18 años de edad

- Residencia permanente que conste en el DNI

- No estar inhabilitado conforme al Código Electoral Nacional

- Domicilio en Capital Federal, con 3 años de antigüedad mínima de residencia en la Ciudad de Buenos Aires. Fotocopia Pág.. donde conste el domicilio. (*)

Arancel: Ninguno.
(*) Si el registro del domicilio en el DNI fuera menor a 3 años, se podrá probar con factura, impuesto, servicio o cualquier elemento probatorio a nombre del ciudadano y con una antigüedad mínima
a 3 años.

2. Registro del Automotor


Evite ser estafado cuando compre un automotor usado


Sr. Comprador: ANTES de concretar la operación de compraventa de un automotor y de pagar el precio convenido, haga lo siguiente:

*

Exija al vendedor la exhibición del Título y la Cédula y anote:

- Número de dominio (patente)

- Número de Control del Título del Automotor

- Número de Control de la Cédula de identificación (cédula verde).


Pida un informe de Dominio en el Registro de la radicación (http://www.dnrpa.gov.ar/MenuInve.php). Con este informe Ud. podrá conocer los datos del titular registral (el que debe firmar la Solicitud Tipo “08” como vendedor), los de su cónyuge, los Números de Control del Título y la Cédula vigentes, los datos del automotor así como las afectaciones sobre éste o sobre el titular que debe conocer antes de comprar.

Controle que los datos coincidan con lo que Ud. tomó.

Esto impedirá que le entreguen informes falsos.

Verifique el automotor personalmente o por una persona de su confianza en Planta de Verificación habilitada aunque el vendedor le ofrezca realizarla él o entregarle una verificación ya realizada. Esto impedirá que le entreguen verificaciones falsas.


Al concretar la operacion y salvo que concurran ambas partes al Registro a inscribir la transferencia de dominio le deberán entregar:

- el Título del Automotor

- la Cédula de identificación

- la Solicitud Tipo “08” firmada por la persona que según el Informe es el titular registral, por su cónyuge si correspondiere, y que las firmas estén certificadas.

Para los demás elementos a tener en cuenta para solicitar la inscripción de una Transferencia cliquee aquí.http://www.dnrpa.gov.ar/GT-TRANSFERENCIA.htm
IMPORTANTE: Si Ud. no sigue estos pasos, además de poder ser victima de un delito, No podrá invocar su BUENA FE.

Instrucciones para la realización de trámites del automotor


Precio máximo de venta de Solicitudes Tipo y Formularios


Principales trámites que se realizan en los Registros Seccionales

1) Recaudos Generales

1.

Lugar de petición de los trámites
2.

Aranceles
3.

¿Cómo se peticiona?
4.

Certificación de firmas en las Solicitudes Tipo
5.

DOMICILIO (acreditación sólo en los trámites de Inscripción Inicial, transferencia y cambio de radicación)
6.

Acreditación de inscripción en CUIT, CUIL, O CDI
7. Verificación Técnica - Plantas Habilitadas
8.

Declaración jurada de bienes registrables – F.381 D.G.I.

2) Trámites

1.

Inscripción Inicial
2.

Transferencia
3.

Denuncia de Robo o Hurto
4.

Comunicación de recupero
5.

Informe de Dominio
6.

Denuncia de Venta


ARANCELES:

Los tramites se realizan previo pago de los aranceles que a ese efecto fija el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se paga por la petición y no por el resultado favorable de ésta.

Los aranceles tienen una validez de 90 días hábiles administrativos.

Listado de Aranceles del Automotor


Recaudos a tener en cuenta previo a la compra de un automotor

1.

Solicitar un INFORME DE ESTADO DE DOMINIO
2.

Realizar la VERIFICACIÓN del automotor
3.

Libre deuda del impuesto a la radicación de automotores - Patentes


RECAUDOS GENERALES
LUGAR DE PETICIÓN DE LOS TRÁMITES:

*

Registro Seccional de la radicación del Automotor.
*

Registro Seccional de la futura radicación del automotor (conforme domicilio del comprador en la transferencia) o guarda habitual acreditada. En este caso, debe presentarse indefectiblemente el Título del Automotor y Cédula de Identificación.
*

Registro Seccional que corresponda por domicilio o guarda habitual en caso de Inscripciones Iniciales.

COMO SE PETICIONA:

Por medio de Solicitudes Tipo, las que serán provistas gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:

*

el trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
*

que el peticionario suscriba la Solicitud Tipo ante el Encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto la Solicitud Tipo en presencia del Encargado, quien procederá a su certificación.

Las Solicitudes Tipo deberán presentarse totalmente completadas.

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS EN LAS SOLICITUDES TIPO:

La firma del peticionario -y cuando correspondiere su cónyuge- en las Solicitudes Tipo deberán estar certificadas por:

*

Encargado de Registro de la Radicación del automotor o donde se presentará el trámite.
*

Escribano Público.
*

Otros certificantes. Consultar a la Oficina de Asesoramiento de la D.N.R.P.A. y C.P.

No se requerirá certificación:

*

en las Solicitudes Tipo referidas a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
*

las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en las Solicitudes Tipo que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Solicitud Tipo “08” especial.
*

las firmas estampadas en la Solicitud Tipo "99" y en los formularios "57" y "58".

Las Solicitudes Tipo tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo las que instrumentan el otorgamiento de derechos (“08”, “15”, “03” etc.) que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.

Aranceles de certificación de firmas:

* Certificación de firma sin acreditación de personería: $15,00 cada firma
* Certificación de firmas con acreditación de personería: $25,00 cada firma

Documentación a presentar:

* Argentinos: D.N.I., L.C. o L.E.
* Extranjeros:
*

sin residencia: Pasaporte
*

con residencia permanente: D.N.I.
*

de países limítrofes: D.N.I., C.I., C.I. del país de origen o pasaporte.

* LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRAMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.

DOMICILIO (acreditación sólo en los trámites de Inscripción Inicial, transferencia y cambio de radicación):

Documentación a presentar:

1) Personas de existencia visible con ciudadanía Argentina:

*

D.N.I., Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, (original y fotocopia)
*

Fotocopia de los documentos antes señalados autenticada por Escribano Público.

2) Personas de existencia visible con ciudadanía extranjera:

* D.N.I. otorgado por el Registro Nacional de las Personas para los extranjeros con residencia permanente en el país (original y fotocopia).
* Declaración jurada (debidamente certificada por Escribano Público o Encargado de Registro) manifestando su residencia o habitación en el país (original y fotocopia).

3) Personas de existencia ideal de carácter privado:

* Contrato social, estatuto o constancia del organismo estatal de contralor de las personas jurídicas o de cualquier otro organismo estatal del que resulte el domicilio del titular o adquirente (en original y fotocopia).
* Constancia expresa del certificante de la firma en la Solicitud Tipo de que el domicilio en ella consignado es el que resulta de la documentación indicada en ítem anterior, que tuvo a la vista.
* Instrumento emanado por Escribano Público del que resulte el domicilio legal, del cual da fe por haber tenido la documentación (Contrato social, estatuto, etc.) a la vista o por constarle ese hecho.

4) Personas jurídicas de carácter público:

* Constancia suscripta –debidamente certificada- por la persona autorizada para representar a la entidad.

Guarda Habitual:

Personas Físicas: Declaración Jurada en Acta Notarial en la que constará: el lugar de la guarda del automotor, en que carácter hacen uso de ese lugar (usufructo, alquiler, propiedad, etc. acreditar con documentación) y las razones por las cuales dicha guarda difiere del domicilio.

1) Personas Jurídicas de carácter privado:

*

Idem punto anterior, o
*

Manifestación simple de representante legal de la sociedad, expresando: el lugar de la guarda del automotor, y documentación que lo acredite (ejemplo, recibo de teléfono, recibo de impuestos, contrato social o título de propiedad). Dicha manifestación deberá estar certificada por los certificantes mencionados en el ítem “Certificación de Firmas”.

2) Personas Jurídicas de carácter público:

*

Idem punto primero, o
*

Manifestación simple (debidamente certificada) suscripta por el representante legal o apoderado en la que exponga el lugar de la guarda habitual, haciendo constar que en ese lugar funciona una dependencia o delegación del organismo.

En caso de condominio en la adquisición fijarán la radicación los condóminos que individual o conjuntamente fuesen titulares de más del cincuenta por ciento (50%) del dominio. En caso de que los porcentajes sean similares, los condóminos elegirán de común acuerdo quién fijará la radicación; todos los condóminos deberán expresar su conformidad.

ACREDITACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN C.U.I.T., C.U.I.L., O C.D.I.:

1.

C.U.I.T. o C.U.I.L.- Se podrá acreditar mediante alguno de los siguientes elementos:

*

Constancia emitida por la AFIP o ANSES.
*

Constancia en forma electrónica.
*

Constancia con sello y firma de la Autoridad Administrativa.
*

Formulario de presentación con sello de recepción del organismo receptivo.

2.

C.D.I.: Form. de declaración jurada Nº 663 o Form. 622.


VERIFICACIÓN

Si bien para la realización de algunos trámites es exigible la verificación física del automotor, resulta aconsejable realizarla previamente a su adquisición en todos los casos

Obligatoriedad de la verificación física:

*

Transferencia de automotores inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 1985.
*

Transferencia de motovehículos importados inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 1994.
*

Transferencia de motovehículos de fabricación nacional inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 1994 de más de 125 cm³ de cilindrada.

La verificación física realizada en planta habilitada tendrá una validez de 150 días hábiles administrativos y deberá ser realizada en planta verificadora habilitada para el Registro Seccional donde se presentará el trámite.

Plantas Habilitadas

Capital Federal: Cnel R.L. Falcon 4250 Altura Rivadavia 8800, Vélez Sarsfield 1901 (y Zepita), Av. Gendarmería Nacional 717.

INFORME DE ESTADO DE DOMINIO

Cualquier persona podrá pedir informes respecto de la situación jurídica de un automotor.

Documentación a presentar:

* En el Registro de la Radicación. Solicitud Tipo “02”.
* En cualquier Registro Seccional (distinto al de la Radicación): Formulario “57”
* En la Dirección Nacional: Formulario “58”

Aranceles:

* Informe de dominio: $ 7,00
* Solicitud Tipo “02”: $ 9,60 (No se abona en caso de certificarse firma en el Registro)
* Formulario “57”: $ 16,80
* Formulario “58”: $ 28,80

DECLARACIÓN JURADA DE BIENES REGISTRALES

Formulario 381 A.F.I.P.: declaración jurada de bienes registrales efectuada por el titular ante la A.F.I.P. si se tratare de:

*

vehículos importados modelos 1986 y posteriores, adquiridos inicialmente o por transferencia entre 01/01/88 y 18/10/92.
*

vehículos adquiridos desde el 19/10/92 cuyo valor de adquisición supere los $25.000. (En caso de condominio ese monto se computará por cada uno de los condóminos).

Cálculo de Aranceles Inscripción Inicial del automotor




Cálculo de Aranceles Transferencias del automotor




3. Jubilaciones y Pensiones


TRAMITES DE JUBILACIÓN


Requisitos que debe reunir

Esta pregunta se responde de la siguiente manera: lo primero que se debe averiguar es la cantidad de aportes reunidos para poder tramitar la jubilación; pues esto es lo que determina si hay necesidad de completar los aportes o no.
Si la persona reúne la cantidad de aportes necesarios el trámite será muy sencillo: cumplir con la certificación de los aportes efectuados para lo cual el ANSES provee un formulario predeterminado que se denomina: Formulario de Certificación de aportes.
Este requisito será cumplido por todos aquellos trabajadores que hayan efectuado trabajos en relación de dependencia, es decir que hayan trabajado para un patrón, empresa o en cualquier forma de contrato de trabajo a cambio de un salario.
El llenado es muy sencillo se hace de la siguiente forma: se retira del ANSES y se lleva a la empresa que es quien debe llenarlo y se llena por la empresa o por quien corresponda completando: datos personales del trabajador, lapso trabajado o años de trabajo, categoría, oficio o especificación de tarea.
En caso de trabajador autónomo ya no tendrá que certificar servicios, sí deberá reunir la cantidad de aportes necesarios: para efectuar esto deberá acudir a la AFIP en forma personal munido del documento de identidad y solicitar la Clave Fiscal para verificar que aportes tiene como autónomo.
En este caso si reúne los aportes como autónomo no será necesario que complete aportes, si le falta deberá completar los aportes por medio del acogimiento a una moratoria.
El acogimiento a la moratoria implica que una vez que se acoge a la misma no podrá dejar de pagar pues si lo hace se le cae la moratoria y no podrá completar la cantidad de años de aporte faltante.
Una vez que la persona reunió los aportes necesarios para la prestación jubilatoria que eligió podrá iniciar los trámites ante el ANSES y solicitar un turno.
Al inicio del trámite se debe llegar con la primera cuota paga de la moratoria.
Por ello el trámite jubilatorio se divide en dos partes por un lado lo necesario para el ANSES: certificación de servicios en su caso y por el otro lado lo necesario para la AFIP aportes como autónomo si los hubiere y completarlos por medio de moratoria en su caso.
El sistema que permite calcular la moratoria se denomina SICAM y se ingresa por medio de la clave fiscal ante el AFIP.
El calculo de la moratoria se realiza a través de este sistema y será efectuado por abogado o contador previsionalista y será aceptado o rechazado por la AFIP.
Una vez que se acepta la moratoria se completa el trámite jubilatorio y se inicia la jubilación. También podrán jubilarse las personas que tengan pocos aportes pero deberán ser completados por medio de moratoria.
Siempre hay que tener en cuenta que se deben completar todos los aportes para poder iniciar los trámites pues sin aportes no hay jubilación posible.

Documentación a presentar a la hora de jubilarse


DEL TITULAR:

* DNI (Documento Nacional de identidad), LC (Libreta Cívica), o LE (Libreta de Enrolamiento). Original y fotocopia de las páginas 1, 2 y la del domicilio de encontrarse actualizado.
Si el solicitante reside en Zona Austral y el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de domicilio actualizado: certificado policial o boletas de luz, gas, etc.
* En caso de ser extranjero: pasaporte u otra documentación oficial que acredite el ingreso al país de resultar necesario para acceder al cómputo de los servicios que se pretende acreditar. Original y fotocopia.

Si es trabajador autónomo:

* Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos, expedido y certificado por la AFIP/DGI. Formulario 577/A DGI).
* Boletas originales de los pagos de autónomo, identificadas en la Determinación de Deuda con código "V" y "3" y la que consta en el Rubro 6 del Form. 577/A.
* Constancia de Opción por el Régimen de Reparto, de existir contradicción con la información existente en el organismo. Original y fotocopia.
* Boleta de cancelación de deuda, de corresponder.
* "Formulario de Cese", si hubiera cesado en la actividad (Formulario 929 AFIP/DGI).
* Formulario "Solicitud de Inscripción, Altas y Modificaciones, de corresponder (Formulario 460/F AFIP/DGI).

Si es trabajador en relación de dependencia:

* Certificación de servicios y remuneraciones extendido por el o los empleadores para los que haya prestado servicios y los extendidos con anterioridad, debidamente certificado.
* Constancias de percepción de prestación por desempleo, de haberlo percibido en caso de despido. Original y fotocopia.
* Formulario de "Afectación de Haberes" certificado por autoridad competente, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de vida o préstamo.
* Formulario: "Derivación de Aportes de Obra Social" Formulario PS.5.7 . En caso de optar por la misma Obra Social de su actividad laboral.
* Constancia de Opción por el Régimen de Reparto, de existir contradicción con la información existente en el organismo. Original y fotocopia.

A falta de Certificación de Servicios y Remuneraciones debe presentar:

* Comprobante de inexistencia de la empresa en la cual trabajó (telegrama solicitando certificación de servicios al empleador y su devolución).
* Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios. Original y fotocopia.
* Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia.
* Formulario Declaración Jurada Testimonial Acreditación de Servicios (dos testigos por cada empresa desaparecida, preferentemente ex-compañeros de trabajo). Original y fotocopia.
* Constancia de afiliación a ex - cajas (anterior a la asignación del CUIL).

DEL REPRESENTANTE:

* Formulario Carta Poder.
* DNI, LC o LE . Original y fotocopia, de las páginas 1 y 2, o CI (Cédula de identidad) en caso de ser extranjero y no poseer DNI.
* Si es profesional (abogado), credencial habilitante.
* Si es gestor institucional, credencial otorgada por ANSES.

DE LOS FAMILIARES A CARGO:

Si es casado:

* DNI, LC o LE de su cónyuge. Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.
* Partida de Matrimonio. Original y fotocopia.

Si es conviviente:

* DNI, LC o LE de su conviviente. Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si tiene hijos menores de dieciocho (18) años de edad:

* Partida de Nacimiento. Original y fotocopia.
* DNI. Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

[color=red]Si tiene menores a cargo en guarda, tenencia o tutela:


* Partida de Nacimiento. Original y fotocopia.
* DNI. Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.
* Testimonio provisorio o definitivo de guarda, tenencia o tutela.

Si tiene hijos adoptivos:

* Sentencia judicial que haya acordado la adopción del menor o partida de nacimiento en la cual conste apellido del adoptante.
* Si no posee fotocopia de la sentencia. Testimonio expedido por autoridad Judicial. Original y fotocopia.

Si tiene hijos incapacitados:

* Partida de Nacimiento. Original y fotocopia.
* DNI. Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.
* Formulario de testimonio médico, cumplimentado en todos sus ítems, por el profesional que lo asiste, debiendo estar autenticada la firma y matrícula del médico actuante por la autoridad competente indicada en dicho formulario.

PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN BENEFICIARIO


Consideraciones Generales


En caso de fallecimiento del jubilado gozarán de la pensión las siguientes personas:

* La viuda, viudo o conviviente del causante.
* Hijo/a soltero hasta dieciocho (18) años y que no gozaran de otro beneficio.
* Hija viuda hasta dieciocho (18) años, y que no gozaran de otro beneficio.
* Hijo/a incapacitado/a sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante, se encontraren incapacitados para el trabajo y a cargo del causante.

Observación: Si el solicitante de la pensión es conviviente deberá acreditar haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. El plazo de convivencia se reducirá a dos (2) años, cuando exista descendencia reconocida por ambos convivientes.

La/el viuda/o, la/el conviviente pueden acumular más de una pensión, si el total no excede el importe de tres(3) haberes mínimos de jubilación.

Las/los hijas/os solteros, incapacitados, carentes de recursos propios y a cargo de sus padres, en caso del fallecimiento de ambos, deberán optar por el beneficio que más lo favorezca.



Documentación a Presentar[/color]


DEL CAUSANTE (Beneficiario Fallecido):

* Partida de Defunción. Original y dos (2) fotocopias.
* Credencial que lo identifique como beneficiario de una prestación (de poseerlo).
* Ultima Orden de Pago Previsional (OPP) / Comprobante de Pago Previsional (CPP), de poseerla. Original y fotocopia.
* Formulario Información Bancaria de ANSES, de corresponder.

DEL SOLICITANTE:

* DNI (Documento Nacional de Identidad), LC (Libreta Cívica) o LE (Libreta de Enrolamiento). Original y fotocopia, de las páginas 1 y 2 y la del domicilio de encontrarse actualizado. Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de domicilio actualizado: Certificado policial o boletas de luz, gas, etc.

Si es cónyuge del causante (Beneficiario Fallecido):

* Partida de matrimonio (actualizada sólo en los casos de matrimonios celebrados en la Argentina). Original y fotocopia.
* Formulario de Declaración Jurada Art. 1º Ley Nº 17.562. Formulario PS.6.9.

Si es conviviente del causante (Beneficiario Fallecido):

* Partida de matrimonio en el extranjero, si posee. Original y fotocopia.
* Sentencia de divorcio del causante, si existiera. Original y fotocopia.
* Partida de nacimiento de hijos, de existir. Original y fotocopia.
* Reconocimiento de convivencia pública en aparente matrimonio formulada por el causante en instrumento público, de poseerlo. Original y fotocopia.
* Constancias de convivencia con el causante: domicilio de ambos declarado en tarjetas de crédito, pasaporte o en otra documentación probatoria. Original y fotocopia.
* Si hubiera hijos en común las pruebas que respalden la convivencia debe ser de dos años inmediatamente anterior al fallecimiento.
* Si no existieran hijos esas pruebas deberán ser de 5 años.

Si es hijo del causante, menor de 18 años de edad (Beneficiario Fallecido):

* Partida de Nacimiento. Original y fotocopia.
* DNI y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es hijo incapacitado del causante (Beneficiario Fallecido):

* DNI y fotocopia de las páginas 1 y 2.
* Partida de Nacimiento. Original y fotocopia.
* Estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad para el trabajo a la fecha del fallecimiento del causante, o a la fecha en que cumplieron dieciocho (18) años de edad. Original y fotocopia.
* Testimonial para probar haber estado a cargo del causante, de ser mayor de dieciocho (18) años:
* Formulario "Declaración Jurada Testimonial. Dependencia Económica", cumplimentado por dos (2) testigos . Formulario PS.6.13
* Formulario "Declaración Jurada Titular. Dependencia Económica".

Documentación que acredite los niveles de educación formal alcanzada:

* Formulario "Declaración Jurada sobre Nivel de Educación Formal alcanzado" o declaración jurada firmada por el declarante.

Si es hijo adoptivo:

* Sentencia Judicial que haya acordado la adopción o partida de nacimiento en la que conste apellido del adoptante.

Si es huérfano de padre y madre, debe adjuntar:

* Partida de nacimiento. Original y fotocopia.
* Partida de defunción de sus padres. Original y fotocopia.
* Testimonio de tutoría o curatela definitiva o provisoria, se puede tramitar con discernimiento, aceptación de cargo y autorización para percibir haberes devengados y a devengar. Original y fotocopia.
* DNI y fotocopia de las páginas 1 y 2..

Del Representante:

* Formulario Carta Poder. Formulario PS.6.4.
* DNI (Documento Nacional de Identidad), LC (Libreta Cívica) o LE (Libreta de Enrolamiento). Original y fotocopia, de las páginas 1 y 2 ó CI (Cédula de Identidad) en caso de ser extranjero y no poseer DNI.
* Si es profesional (abogado), credencial habilitante.
* Si es gestor institucional, credencial otorgada por ANSES.

4. Policía Federal Argentina


REQUISITOS GENERALES PARA LA OBTENCION DE CEDULA DE IDENTIDAD Y/O PASAPORTE


Para obtener cualquiera de los documentos mencionados debe cumplir con los siguientes requisitos:

*

Concurrir en todos los casos provisto de Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento, y partida de nacimiento, en condiciones de legibilidad.
*

Asegúrese de no tener causas judiciales pendientes de resolución o impedimento para salir del país ordenado por juez competente. Concurra con un testimonio certificado del juzgado donde conste su sobreseimiento o desvinculación de la causa y/o autorización expresa para salir del país.
*

En todos los trámites originales de Cédula de Identidad y Pasaporte, el solicitante deberá presentar Partida o Certificado de Nacimiento original, con fotocopia
*

Consultas al Centro Documentario: Tel. 4346-7001

EXTRANJERO ( mayor de 18 años)

*

Podrá gestionar CEDULA DE IDENTIDAD si posee radicación definitiva en el país y consta ello en su D.N.I. Caso contrario debe presentar la documentación original del Registro Nacional de las Personas que lo acredite como residente.
*

Las mujeres casadas con ciudadanos argentinos podrán además gestionar su PASAPORTE ARGENTINO cuando acrediten fehacientemente este vínculo.
*

Podrán gestionar un PASAPORTE ESPECIAL PARA EXTRANJEROS aquellos que no se encuentren en condiciones de obtener pasaporte en el consulado de su país. Si es así deberá acompañar una Información Sumaria expedida por autoridad judicial competente donde se exprese dicha imposibilidad.
*

Podrán gestionar también CERTIFICADO DE VIAJE aquellos extranjeros que no poseen PASAPORTE y este requisito fuere solicitado por el Consulado para regresar definitivamente al país de origen, siempre que no tuvieren causas judiciales pendientes.
*

Consultas al Centro Documentario: Tel. 4346-7001

VALOR DE LOS TRAMITES en POLICIA FEDERAL

Los valores fijados son los siguientes:

PASAPORTE ORIGINAL / REVALIDA / DUPLICADO...... $130
PASAPORTE ESPECIAL PARA EXTRANJEROS..... $130
CEDULA DE IDENTIDAD ORIGINAL O DUPLICADO...... $17
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES...... $25
CERTIFICADO DE VIAJE.... $25

*

Si ha extraviado su Pasaporte o Cédula y desea tramitar uno nuevo, puede efectuar la denuncia en el mismo formulario de solicitud o concurrir con la constancia de la Seccional Policial. Para ambos casos el valor fijado para la denuncia es de $10.
*

Consultas al Centro Documentario: Tel. 4346-7001

ESTADO CIVIL ACTUAL

Para la obtención de cualquiera de los documentos que expide la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, debe acreditar su estado civil :

*

Si es casado hágalo con su Libreta de Matrimonio, Acta o certificado de Registro Civil original.
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Si es divorciado inscripción marginal certificada o Libreta de Matrimonio si posee esa anotación. Igual circunstancia debe contemplarse en caso de separación personal con sentencia judicial.
*

Si es viudo concurra con el Acta certificada de defunción del cónyuge o Libreta de matrimonio donde conste o figure si fue asentado el fallecimiento.
*

En todos los casos se podrá concurrir con fotocopia de la documentación solicitada la cual deberá estar certificada por autoridad competente y/o escribano público.
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Si gestionó anteriormente documentos ante la POLICIA FEDERAL y su estado civil no ha variado, no es necesario que concurra con la documentación mencionada.

PLAZOS DE ENTREGA de TRAMITES EN POLICIA FEDERAL ARGENTINA

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Una vez aprobado su trámite, no mediando inconvenientes de orden legal o técnico, recibirá su documento en el domicilio denunciado a partir de los 45 días hábiles de iniciado el mismo. Recuerde conservar el comprobante respectivo que le será requerido contra entrega del documento. Si Ud. no puede permanecer en el mismo, deje el comprobante a la persona responsable del domicilio, quien debe acreditar identidad.
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Si no se ha recibido el documento una vez cumplido el plazo de 45 días hábiles, envíe por FAX el talón comprobante indicando su número telefónico particular, a los siguientes números : 4346-7011 si el trámite fue iniciado en Capital Federal o al 4346-7014 si el mismo se inició en la Provincia de Buenos Aires o en el interior del país y se le informará a la brevedad la razón de la demora.
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Se recomienda evitar consultas sobre el estado del trámite antes de transcurrido el plazo mencionado, toda vez que durante dicho lapso se efectúan distintas etapas de verificación en oficinas internas de la Institución que no se encuentran integradas al círculo de consulta telefónica.
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Si Ud. ha tramitado CERTIFICADO DE ANTECEDENTES preséntese para retirarlo en la ventanilla de Ingeniero Huergo 651, planta baja de Capital Federal, transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de inicio.

fuente:http://www.sitiosargentina.com.ar/tramites/index.htm

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